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Maarten Janssen, 2014-

PSCR7264

[1605]. Carta de doña Teresa de Saavedra y Zúñiga, condesa de Villalonso, para Bartolomé de Cartagena.

SummaryLa autora ofrece su pésame a Bartolomé de Cartagena por la pérdida de su hijo y le ofrece su ayuda para que el otro hijo que tiene pueda hacer la carrera deseada.
Author(s) Teresa de Saavedra y Zúñiga
Addressee(s) Bartolomé de Cartagena            
From España, Zamora, Toro
To España, Sevilla
Context

En 1623 don Juan de Cartagena, hijo de Bartolomé de Cartagena, apeló al Consejo de Castilla en contra de doña Teresa de Saavedra y Zúñiga, condesa de Villalonso, por el impago de un censo de 7000 ducados con sus correspondientes corridos. El mencionado censo, destinado a acrecentar la dote de doña Francisca de Ulloa, hija de los condes, fue acordado por el entonces conde, don Juan de Ulloa, y la condesa doña Teresa en 1599. En 1603, doña Teresa de Saavedra renegoció las condiciones del censo para aplazar los pagos que se adeudaban del mismo. Sin embargo, la obligación financiera contraída por Villalonso no fue nunca satisfecha en su totalidad, por lo que don Juan de Cartagena, como heredero de Bartolomé de Cartagena, recurrió a los tribunales para tratar de recuperar la cantidad prestada. La defensa de doña Teresa se basó en dos cuestiones básicas: su condición femenina, que la hacía inválida para manejar asuntos económicos; y, por otro lado, la sujeción que como mujer había tenido a su marido. Así, alegaba que ella había contraído la obligación económica persuadida por su marido y que no había tenido posibilidad de negarse. Ante los intentos de doña Teresa y sus acreedores de deslegitimizar los argumentos de Cartagena, éste hizo presentación ante el Consejo de ciertos documentos que venían a demostrar la activa participación de doña Teresa en la concertación del préstamo con Bartolomé de Cartagena. Se presentaron en un primer momento varias cartas escritas por Cartagena, doña Teresa y don Luis de Castilla que demostraban fehacientemente la concordancia de la aristócrata con el acuerdo suscrito entre ella, su marido y el padre del demandante. Pese a esto y a la presencia de documentación notarial que certificaba el conocimiento de doña Teresa de las obligaciones financieras de la familia, don Juan de Cartagena siguió presentando más testimonios epistolares. Se anexó al proceso un corpus de casi un centenar de misivas intercambiadas entre la condesa de Villalonso y Bartolomé de Cartagena durante dos décadas. En ellas se desgranaban asuntos de tipo económico y financiero, junto a noticias familiares y nuevas sobre las cortes de Felipe II y Felipe III. El proceso está incompleto, por lo que apenas tenemos información sobre su transcurso y sentencia; no obstante, sí que quedó constancia de la identificación de las misivas por parte de doña Teresa.

La fecha de la carta aquí transcrita se ha conjeturado a partir del dato de la muerte del hijo de Bartolomé de Cartagena.

Support dos bifolios de papel doblados en folios, escritos por recto y verso de los tres primeros folios y por el verso del cuarto folio.
Archival Institution Archivo Histórico Nacional
Repository Consejos
Collection Escribanías de Cámara
Archival Reference Legajo 36391, Expediente 5
Folios Pieza 2, 42r-[44a]v
Socio-Historical Keywords Elisa García Prieto
Transcription Elisa García Prieto
Main Revision Gael Vaamonde
Contextualization Elisa García Prieto
Standardization Gael Vaamonde
Transcription date2014

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A Bartolome de Cartajena que dios guarde etta Sevilla

en el alma e sentydo su trabajo de vm q un dya antes q rrezyvyese la de vm me avya escryto otra pareja abysandome d esta tryste nueba q estava ya pa hazer esto cuando llego la de vm q lo a sydo tan tryste y lastymada pa my como la muerte de my querydo gaspar porq a sus hyjos de vm tengo yo en el mysmo lugar q a los myos y ansy e sentydo tan tyernamente este trabajo como tan propyo myo muy gde por syerto lo a sydo pa vm q cuando no fuera hyjo y tal por lo q el merezya se podrya sentyr como vm y sus amygos y servydores lo sentymos no ay consuelo en ocasyones tales y de tan gran pena syno conozer q Dyos nos la da pa nra salvaçyón q como por mys pecados a tan poco q e pasado por lo mysmo echo de ber q nos deve de conbenyr pues dyos nos quyta lo q mas queremos no ay señor syno salvarnos q ny mozos ny los q no lo somos no ay nada syguro y mas de la manera q cada dya se be esto yo no m e ydo a balladolyd por las enfermedades q me dyzen q ay mas agora q el prymer dya q bueno salyo de ally el señor don hernando y q lastymosa cosa q solo una calentura le acavase y tan pocos años y como se puede creer de los suyos y de la suerte q vm los a cryado q desde la cama se fue a gozar de aquella eternydad mucho se puede vm consolar con esto q en semejante perdyda no ay otro consuelo ny lo puede aber jamás en la determynaçyón del señor don Ju de yr por la ygleçya y q vm le buscara dynydad todo lo q fuere mas pa consuelo de vm y contento suyo se lo deseare y pydyre a dyos lo encamyne más q sy fuera pa my mesma porq quyero y estymo a vm y a sus cosas como devo y con dezyr esto no tengo mas q encarezer ya vm sabe q como con my señor y tan amygo e de hablar con llaneza a vm en todo porq el corazón y cuanto tengo en el sabe vm con la satysfaçyón q syempre lo e fyado y ansy dygo señor q el señor don Ju como hyjo de vm y a quyen tengo por myo consyntyrya la pynçyón q le echase en esos benefyçyos y q tratar yo con otro ny con don hernando no se puede hablar en estas cosas y q las q tratamos yo y vm hazyendome la m q me a echo estan ya en rroma el papel q de su mano me dyo vm y muchas esperanzas q me lo a de conseder todo su santydad q el marqs de Byllena lo a tomado muy a su cargo y asta ber en q parara estos negoçyos y como my yntynçyón es pa ayuda del menesteryo q hago la graçya q su santydad y el señor don Ju como hyjo de vm fuere servydo de hazerme no puedo dysponer d ellos por estar esto comensado y byen sabe vm q anduve buscando algun ombre byejo pa darselos y el señor don hernando es muy mozo y don franco de acuña sy entendyese q los avya dado myrese vm cual a estado conmygo por lo de don garçya q en vm y en sus hyjos correme a my dyferentes oblygacyones y por las mysmas y por lo q deseo servyrle las tyene vm de hazerme más m q nadye del mundo cuando se le ofrezyere a don hernando bello el servyrle en otras cosas lo haré con el alma y la byda por lo q el mereze y por ser tan amygo y tan de beras de vm a quyen suplyco consydere todo lo q aquy dygo y my nesesydad de no tener un entyerro esta casa ny de donde me dygan una mysa sy no fuese con este socorro sy su santydad nos lo da y gde dyos al señor don Ju y dele el estado con q byva más contento y a vm el byen y acresentamyento q deseo cuyas ms besan estos nyños y ellos y o las de my ayjado doña Jua escryve a vm de toro a syete de dyzyenbre

la condessa de byllalonso

Legenda:

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