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Maarten Janssen, 2014-

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1680. Carta de Fernando Francisco de Escobedo para su sobrino Pedro de Escobedo y Cabrera.

SummaryEl autor informa a su sobrino sobre las novedades en su juicio de residencia y espera que todo se aclare pronto; no obstante, pide a su sobrino que haga ciertas diligencias en su favor en la corte madrileña.
Author(s) Fernando Francisco de Escobedo
Addressee(s) Pedro de Escobedo y Cabrera            
From América, Guatemala, San Juan de Amatitlán
To S.l.
Context

En 1682 el licenciado Alonso de Herrera, alcalde del crimen de la Real Chancillería de Granada, procedió a la investigación y castigo de un delito de quebrantamiento del convento de Santa Clara de la villa de Martos. La denuncia procedía de las religiosas del convento y señalaba como principal acusado a don Pedro de Escobedo y Cabrera, caballero de la Orden de Calatrava y personaje principal de la villa de Martos. Asimismo, resultaron culpados don Miguel de Ortega y Vallejo y el presbítero don Juan Salcedo. Los tres habían mantenido relaciones indecorosas con tres religiosas del convento: doña Quiteria González y Mora, doña Manuela de Quesada y doña Ana de Ortega. Las pesquisas se centraron principalmente en la persona de don Pedro Escobedo, de ahí que la mayor parte del expediente se refiera a él. De hecho, a consecuencia de los registros en su casa se incautaron diversas cartas, entre las que destacan las misivas amorosas y particulares escritas por doña Quiteria González. Fue la relación entre ambos la que originó todo el escándalo posterior. Don Pedro de Escobedo entabló la relación amorosa con doña Quiteria cuando esta estaba todavía en el "siglo" (muy posiblemente en la década de 1660-1670). Él fue responsable de la salida de doña Quiteria de la casa paterna y de que la pareja se ausentase de Martos durante algunos días. Al volver a la villa, don Pedro dejó a doña Quiteria en un convento y se marchó a Indias, donde debió de tener algún cometido de tipo oficial. Durante su ausencia, la comunicación epistolar entre ambos se mantuvo, lo que dio continuidad a su vínculo sentimental. A su vuelta doña Quiteria ya era monja profesa, pero ello no supuso inconveniente alguno para la continuación de su relación amorosa con el resultado del mencionado delito del quebrantamiento de convento. En efecto, las casas de don Pedro colindaban con el cenobio, lo que permitió la comunicación de los amantes. Ambos fueron los catalizadores de las otras relaciones amorosas que unieron a don Miguel con doña Manuela y a don Juan con doña Ana. Doña Quiteria trató de favorecer los tratos amorosos entre su amante y otra religiosa, doña Juana de Santiago, quien rechazó vehementemente los avances. El escándalo fue mayor por las continuas salidas nocturnas de las parejas por las calles de la villa, así como por el embarazo de doña Quiteria, quien dio a luz en abril de 1682. A ello hay que sumar otra causa delictiva que afectó a don Pedro y que concernía a su matrimonio ilícito -previo estupro- con doña Isabel de Ortega.

Ante la gravedad de los delitos, don Pedro trató de huir de la justicia y con ayuda de terceras personas se escondió en la propia villa. Cuando el licenciado Alonso de Herrera procedió a su detención, el reo disparó e hirió en la cabeza al alcalde del crimen, con lo que se unió un agravante más a su causa. Finalmente la causa se sentenció con la pena capital para don Pedro, don Manuel y Juan Salcedo, así como penas de muerte y destierro para otros implicados en el crimen. En el caso de don Pedro, la sentencia declaraba que debía morir a cuchillo, su cabeza debía colocarse en la torre más alta de Martos y su mano derecha encima de la puerta del estanco de tabaco. En relación a las monjas, hubo pieza separada instruida por la instancia eclesiástica pertinente, por lo que no sabemos la pena a que se enfrentaron. Esta carta pertenece al amplio grupo de las cartas incautadas y que permite reconstruir el amplio círculo social- de amistades y familia- con que contaba don Pedro en el momento de su enfrentamiento con la justicia.

Support un bifolio de papel doblado en folio, escrito por el recto y el verso del primer folio y el recto del segundo.
Archival Institution Archivo Histórico Nacional
Repository Consejos
Collection Escribanías de Cámara
Archival Reference Legajo 26226,Expediente 14
Folios 156r-157v
Socio-Historical Keywords Elisa García Prieto
Transcription Elisa García Prieto
Main Revision Gael Vaamonde
Contextualization Elisa García Prieto
Standardization Gael Vaamonde
Transcription date2015

Page 156r > 156v

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Dos dias despues de salido el caxon Rvi la suia por el

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bino a la Veracrus de 20 de octube del año passdo que fue de to
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do consuelo para mi; y aunque tengo escrito qto inporta
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al negosio despacho esta con correo de alcanse por parecer
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me conbiene este en la notia de la que tengo, es el infor
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me de mi visitador, consta de decir, son quentos todos
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los que ha benido a justificar lo mas que ha podido
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son algs coechos por las Probisiones, voz tan mal sonan
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te como no dudo se estrañara en el Consso, y que se me
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haga merd como no sea en la restitusion de mi plaza: es
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ta nota tenia confusion, y otros motivos que me obli
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garon a escrebir segunda carta a su Magd Y es constar
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te que todos padecen los de esta profesion de un
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y cualquiera que sale a comision regular una
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segura comodida, esta no la ha hallado de mi pa
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como traia echo el juisio la contraria que es podero
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sa, y no se si pase a decir que el miedo que ha con
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sebido al obpo, es indigno y con quien se confirio el
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informe, le aian reducido a que baia en esa forma
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siendo assi que desde que llego a Guaa, y reconocio la
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maldad ha dicho y a mis procuradores se me resti
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tuira mi plasa o no abra justia. a esto se añade
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que luego que se despacho el caxon se ha publicado la
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probision de los ofios tan irregulares qual no se ha he
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cho en esta precidena, y con decirle que los dos
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maiores, que son los de mi calumnia, corren por una
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cuerda el uno se administra y el otro le dio a su
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sobrino y por hallarse en Granada se sirbe por
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justia maior y en toda la probision no ha

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