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Maarten Janssen, 2014-

PS4108

1757. Carta de José Pardo, cirujano, para Juan José Aranda, cura.

Autor(es) José Pardo      
Destinatário(s) Juan José Aranda      
In English

Letter from José Pardo, a surgeon, to Juan José Aranda, a priest.

The author informs Juan José Aranda that Manuela Palomino was banished from Mazarulleque (Cuenca) and asks him instructions for her declaration to the Tribunal. He also informs him about the location of some of his properties.

The defendant of this process was Juan José Aranda, the priest of Mazarulleque (Cuenca). In 1757, he was accused of heretical propositions and heretical actions by the Inquisition of Cuenca, because he claimed that the constant molestation to which he subjected Isabel Villar Abarca, his maid, was not a sin. Juan José Aranda had also maintained illicit relationships with other maids, as Ana María Gayán and Manuela Palomino. Actually, it had been the pregnancy of Manuela Palomino that had triggered the whole process, because the priest was suspected to be responsible for that. The inquisitors then ordered the imprisonment of Juan José Aranda and the seizure of his properties. All the letters he had in his house were confiscated and joined to the proceedings as a proof. Eventually, the defendant was forced to abjure de levi, and he was sentenced to two years of confinement in a convent and to three years of banishment, at a minimum distance of eight leagues from Chinchilla (Albacete), Mazarulleque (Cuenca), and Madrid.

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Mi Amo Dueño y señor Recivi la de Vmd por el Correo con fha de dos del que Rixe y llego a mis manos el dia onze demasiadamte atrasada pero mas atrasada Vere la respta de la que Ymbie a Vmd por dho Correo oi haze quince dias; Celebro su salud y siento su grande molestia de tanto tiempo de Carcelage. pedir a Ds paciencia Y fuerzas, que este gran señor suabizara tanto tormto y dara a Vmd sus stos Auxilios y a los Juezes mitigara su Rigor para que la sentencia sea Venigna Como lo expero de su Magd y pido a su ssma Madre Maria de Altomira Nuestra Patrona.

Manuel no ha podido Yr antes a causa de que Manuela no tenia pensamto de salir de la Casa hasta que Vino la Justicia con su essno y la notificaron sentencia Assesorada desterrandola de esta Villa, la que no le dava un Ynstante de termino, por lo q luego al Punto determine que Manuelillo la llevase a Paredes Casa del Maiordomo que Vmd savia por Carta de fr Alonso. Lleva Manuel las llaves de los dos Cofres, la del Arcon la una de la camara del trigo la de la Puerta y Picapte No lleva las de la Casa del Curato porq dize Juan Joseph que si Viene el recetor quiere hazerle patente las tiene en su poder. No he querido se lleve el Colchon las savanas, la Manta, la Colcha y la almoada que Vmd imbio a decir a fr Alonso se le entregaran ni tampoco el Arca que dize haversela Comprado Vmd pa ella (que todo esto queda en mi poder hasta tener horden de Vmd) porque he savido de la tia Anica que Manuela es Cerragera y tiene llaves Maestras pues me ha dicho que con la punta del Cuchillo abrio los escriptorios y saco un salero de Plata y se lo ha llevado Como tambien otras Cosas Con los Abitos Y el Balandran Con el simple Colorido de que eran suias de las que dare a Vmd razon luego que Vmd me diga, lo que esta traxo de esa Ciud quando Vino porque estoi mui enfadado desde que supe esta aczion y le ha de salir al rostro, Vmd no tiene que darse por entendido con Manuelillo porq me presumo prosigue en su Ynten-to si no es escrivirme a mi pidiendome le remíta dho salero Abitos y Balandran con el motivo de que los necesíta para empeñarlos para pagar las Costas de su Pleito, y que a la dicha la dara Vmd lo mas que pueda en Viniendo que sera presto y lo mismo escrivira Vmd a fr Alonso sin darse por entendido de Cosa hasta q declare ante el receptor, que despues no tiene Vmd que tener cuidado ni darsele de ella un pito.

Vmd prevenga en respta de esta las pregtas del Ynterrogatorio para qdo Venga el Receptor y saver lo que se ha de responder pues las cosas Ympensadas se Yerran con facilidad Y esto mismo a fr Alonso para que la tenga advertida y no Yerre en su declaracion en la que remiti a Vmd por el Correo le Ymbiaba a pedir un almud de Garbanzos para psembrarlos que los Volbere en Cogiendolos, para que Vmd le Ymbie horden a Juan Joseph me los entregue. del despacho contra Vmd de los mil y quatrozos Rs que presto a Vmd Joseph Roxo de las Animas, pierda Vmd Cuidado que dho despacho ha de parar en mi poder Y no se mobera Joseph Roxo a nada sin mi dictamen que asi me lo tiene ofrecido y lo cumpra Manuelillo se Vino sin el Papel de Polvora de Casa de Cortijo por cuio motivo no remito a Vmd una liebre Y asi que no se benga sin el para Matarla Y remitirla

el Molino quieren Cerrar Y asi si Vmd quiere se haga la aceituna avise pues sale mucho mas aquí que en los alrredores; Y Con esto Ceso Y no de rogar a Ds Ge a Vmd ms as Mazarulleque Y abril 17 de 1757

B l mo de Vmd su sego seror y Amo Joseph Pardo Sor Dn Ju Jph Aranda

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