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Maarten Janssen, 2014-

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1645. Carta de fray Gabriel de Esquivel y Astete (Pedro Luis del Castillo), fraile profeso del Carmen Calzado y maestro de niños, para su cuñado Diego de Toledo Tavira, familiar del Santo Oficio.

ResumoEl autor le pide a su cuñado Diego de Toledo Tavira el dinero que necesita para poder salir de la cárcel.
Autor(es) Gabriel de Esquivel y Astete
Destinatário(s) Diego de Toledo Tavira            
De España, Ciudad Real, Alcázar de Consuegra
Para España, Granada, Albolote
Contexto

El proceso se abrió entre 1645 y 1647 por religioso casado contra fray Gabriel de Esquivel y Astete, alias Pedro Luis del Castillo, siendo finalmente condenado. El proceso se inició porque apostató del convento y, usando su alias, se casó con Catalina López, alias La Carabaña, vecina de la villa de Alcázar de Consuegra (t.c.c. Alcázar de San Juan, Ciudad Real). Todas las cartas del conjunto, a excepción de PSCR5420, fueron encontradas por Francisco Guerrero, familiar de la Inquisición, en un registro de la celda de fray Martín Astete. La presente misiva fue entregada por el religioso carmelita calzado Mariano de Soto al comisario fray Mateo Sánchez Carabaño. Al final del texto se lee la siguiente anotación: "En la villa de Alcázar, en veintisiete días del mes de septiembre de mil y seiscientos y cinco años de Nuestro Señor, ante el Señor". Esta anotación prosigue en el folio [15a]r, en donde se recogen los datos de incautación de la misiva. Existe una copia de esta carta en los folios 73r a 74r del mismo proceso.

Suporte un bifolio de papel doblado en folio, escrito por recto y verso del primer folio y por el verso del segundo folio.
Arquivo Archivo Histórico Nacional
Repository Inquisición
Fundo Tribunal de Distrito de la Inquisición de Toledo
Cota arquivística Legajo 224, Expediente 06
Fólios 15r-v y [15a]v
Transcrição Laura Martínez Martín
Revisão principal Gael Vaamonde
Contextualização Laura Martínez Martín
Modernização Gael Vaamonde
Data da transcrição2014

Texto: -


[1]
señor i pe
[2]
antes de escrevir estos renglones quisiera estar mas muerto que vibo por no sentir i que vmd no tenga pesadunbre
[3]
mas ia puesto en el lanze forzoso i el peligro manifiesto es fuerza el hacerlo
[4]
vien save vmd que me sali de la carcel antaño estando vmd en sevilla por aquellas puñaladas de aquel fraile en motril
[5]
el mal que hiçe en dexar el avito a querido dios lo page aqui
[6]
io estoy preso en alcasar de consuegra que dista de granada quarenta i quatro leguas porque aviendo dexado el avito estava tan ciego i dexado de la mano de dios qe aficionado de una moça me quase con ella
[7]
dios que todo lo consiente i nada oculta quiso que por indisios que tubieron de mi prendieronme disiendo qu era fraile adonde a sinco meses que estoi preso
[8]
ia lo save el provincial por averme io descubreito a un fraile de la orden que esta aqui i a escrito que aunque le gasten dos mil ducados que me a de llevar a sevilla i entregarme a la inquisicion donde despues de la afrenta me condenaran a galeras i no quedare honbre para todos los dias de mi vida
[9]
señor i pe vien save vmd que me a criado i quando no ubiera estado casado con mi hermana i las obligaciones que ai de por medio por amor de dios lo avia vmd de hacer de embiarme de la renta del año pasado i d este çien ducados que tengo consertado con el alcaide de la carçel me echara fuera que es lo mesmo que le avia de costar un galeote
[10]
vmd lo haga luego i se los de al propio que va por ellos o envie a un criado o a Juan para que los traiga que sera otra nueba obligacion
[11]
aqui estare reconoçido a las muchas que devo a vmd que io le prometo el ir a roma i echarme a los pies del general i volverme a la religion
[12]
mire vmd que el provincial es vruto i no me a de dexar para honbre
[13]
a mi hermano fr martin le puede vmd avisar i que haga tanvien lo que pudiere
[14]
señor mire vmd que si no lo remedia por aqui me dare cien puñaladas io mismo antes que entrar en manos de el provinçial
[15]
no de lugar vmd que mi alma se pierda ia que el cuerpo lo esta i mas por tan poco dinero
[16]
supuesto que es mio que io hare donacion de la renta a vmd por toda mi vida porque me saque de este aprieto
[17]
aviso a vmd que dentro de diez o doce dias vendran por mi
[18]
i asi suplico que por amor de dios se de luego el dinero al propio o lo envie vmd por la posta con Juan
[19]
mi vida esta pendiente de un hilo i de vmd
[20]
a quien dios gde como deseo i dexe ver
[21]
alcasar i setiembre 11 de 1645 años
[22]
hijo de vmd fr gabriel de esquebel i astete
[23]
al propio quando no sea otra cosa se page a seis reales cada dia

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