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Maarten Janssen, 2014-

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1752. Carta de Bartolomé Macía Gayoso para su cuñado Juan Sánchez Quiroga.

ResumoEl autor informa a su cuñado sobre las diligencias que está haciendo para evitar la prisión y lograr vencer en la causa de su pleito. Asimismo, le asegura su capacidad para reintegrarle su ayuda económica.
Autor(es) Bartolomé Macía Gayoso
Destinatário(s) Juan Sánchez de Quiroga            
De España, León, Ponferrada
Para S.l.
Contexto

En 1751, don Bartolomé Macía Gayoso, vecino de Puente de Domingo Flórez (León) se querelló contra Pedro Núñez, también vecino de esa localidad, por el estupro sufrido por su hija, María Macía, de que había resultado embarazada. Según el testimonio de esta, Pedro Núñez la había conocido en casa de sus padres y, pese a su estado de casado, había solicitado sus favores. Ella se negó repetidas veces, pero una noche, estando ella en una de las piezas más apartadas del hogar, fue interceptada por Pedro, quien la forzó a mantener relaciones sexuales. Ella intentó pedir ayuda, pero sus voces no tuvieron efecto alguno y permitió al acusado renovar sus excesos. De ellos resultó embarazada y a consecuencia de ello Pedro Núñez decidió sacar a María de la casa paterna y ponerla en casa de unos familiares. Contando con la ayuda de varios cómplices y aprovechando la noche, llevó una escala a la ventana de la muchacha. Aunque ella se negó, finalmente condescendió al plan y comenzó un periplo que la mantuvo alejada de su hogar varios días. Finalmente su padre logró recuperarla y la puso bajo custodia. Este testimonio no es coincidente con la confesión de Pedro Núñez. Según este último, había conocido a María en razón de un pleito que mantenía con Bartolomé Macía y le había llevado varias veces a la casa de éste. Allí entabló relación con la joven y viendo los castigos sufridos a manos del padre, quien se negaba a que fructificase nada entre ambos, se compadeció de María y ello llevó a la relación física. De esta manera, el desfloramiento había contado con el consentimiento de la mujer, así como la salida de la casa paterna.

La sala condenó a Pedro Núñez y consortes al pago mancomunado de costas, a lo que había que sumar otros trescientos ducados que debía entregar a María en concepto de daños. Estas cantidades fueron depositadas en poder de Juan Sánchez Quiroga, quien debía entregarlas posteriormente a Bartolomé Macía. Pese a que se hicieron tales entregas, Bartolomé recurrió a la justicia alegando que no se le había dado el montante total de la dote de su hija y otras cantidades. Juan Sánchez negó tal acusación señalando que él debía resarcirse de ciertos gastos hechos y que sí había entregado el restante. Para demostrarlo presentó varios recibos y cartas de su cuñado que lo corroboraban.

Suporte un folio de papel doblado en cuarto, escrito por todas las caras.
Arquivo Archivo de la Real Chancillería de Valladolid
Repository Salas de lo Criminal
Fundo Pleitos criminales
Cota arquivística Caja 195, Expediente 1
Fólios 26r-27v
Transcrição Elisa García Prieto
Revisão principal Gael Vaamonde
Contextualização Elisa García Prieto
Modernização Gael Vaamonde
Data da transcrição2014

Texto: -


[1]
Cuñado y sr mio (y mi protector)
[2]
esta solo sirbe de decir como en este Correo ban las dilixas de nuestra prision a Valld y los autos apelados, segun lo ha ofrecido nuestro amigo el secreto:
[3]
y en este mismo escriven los señores de Campo a Madrid y a Valld sobre la dependia;
[4]
y Yo buelbo a repitir carta y memorial al Sr Presidente avisandole de la novd de mi prision por la conducta de mi sobrino Dn Joseph Marz a quien escribo para dho efecto, y que se valga de empeño superior pa que haga su entrega y le pida que se pretende sin que dexe de mover igualmte los mas empeños que pueda para Valld como dis-curro lo hara:
[5]
Y luego que Joan Antonio llegue a Salamanca que sera en breve, pues pareçe que marchan el miercoles que viene no se descuidara tanpoco porque con su poco valimto dice que desde alli movera algunos para la Corte, y la Chancilleria
[6]
y aun de aqui se moveran algunos con los quales y el de la xa que nos asiste espero en Dios que con su aiuda y la favorecida de vmd no se saldra mal, y que quedaran excarmentados todos los contros
[7]
Vmd puede estar cierto que todos los medios que adelanta en la defensa estan bien asegurados con la condenacion indispensable de costas,
[8]
y quando esto faltara, que no puede tenemos con que pagarselos a vmd quedando siempre obligado toda mi vida a tener en la memoria los omrados procedmtos con que se sirbe portarse y favorecerme pues de otra suerte no me pudiera defender,
[9]
por lo que repito gracias y a mi prima en cuia compañia ge Dios a vmd ms as
[10]
Ponferrada y Maio 26 de 1752
[11]
B l M de Vmd su mas favorecido hermano Brme Macia Gayosso ermano y sr dn Joan Sanchez

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