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Maarten Janssen, 2014-

PSCR7256

[1603]. Carta de Teresa de Saavedra y Zúñiga, condesa de Villalonso, para Bartolomé de Cartagena.

SummaryLa condesa de Villalonso escribe a Bartolomé de Cartagena para asegurarle el pago de su deuda, que espera satisfacer antes de acabar el plazo para ello.
Author(s) Teresa de Saavedra y Zúñiga
Addressee(s) Bartolomé de Cartagena            
From España, Valladolid
To S.l.
Context

En 1623 don Juan de Cartagena, hijo de Bartolomé de Cartagena, apeló al Consejo de Castilla en contra de doña Teresa de Saavedra y Zúñiga, condesa de Villalonso, por el impago de un censo de 7000 ducados con sus correspondientes corridos. El mencionado censo, destinado a acrecentar la dote de doña Francisca de Ulloa, hija de los condes, fue acordado por el entonces conde, don Juan de Ulloa, y la condesa doña Teresa en 1599. En 1603, doña Teresa de Saavedra renegoció las condiciones del censo para aplazar los pagos que se adeudaban del mismo. Sin embargo, la obligación financiera contraída por Villalonso no fue nunca satisfecha en su totalidad, por lo que don Juan de Cartagena, como heredero de Bartolomé de Cartagena, recurrió a los tribunales para tratar de recuperar la cantidad prestada. La defensa de doña Teresa se basó en dos cuestiones básicas: su condición femenina, que la hacía inválida para manejar asuntos económicos; y, por otro lado, la sujeción que como mujer había tenido a su marido. Así, alegaba que ella había contraído la obligación económica persuadida por su marido y que no había tenido posibilidad de negarse. Ante los intentos de doña Teresa y sus acreedores de deslegitimizar los argumentos de Cartagena, éste hizo presentación ante el Consejo de ciertos documentos que venían a demostrar la activa participación de doña Teresa en la concertación del préstamo con Bartolomé de Cartagena. Se presentaron en un primer momento varias cartas escritas por Cartagena, doña Teresa y don Luis de Castilla que demostraban fehacientemente la concordancia de la aristócrata con el acuerdo suscrito entre ella, su marido y el padre del demandante. Pese a esto y a la presencia de documentación notarial que certificaba el conocimiento de doña Teresa de las obligaciones financieras de la familia, don Juan de Cartagena siguió presentando más testimonios epistolares. Se anexó al proceso un corpus de casi un centenar de misivas intercambiadas entre la condesa de Villalonso y Bartolomé de Cartagena durante dos décadas. En ellas se desgranaban asuntos de tipo económico y financiero, junto a noticias familiares y nuevas sobre las cortes de Felipe II y Felipe III. El proceso está incompleto, por lo que apenas tenemos información sobre su transcurso y sentencia; no obstante, sí que quedó constancia de la identificación de las misivas por parte de doña Teresa.

Aunque la carta aquí transcrita no está fechada, podemos conjeturar la fecha a partir de su contenido. El 7 de enero de 1603 salió de Palacio doña Juana Enrríquez, dama de la reina e hija segundogénita del marqués de Poza, acontecimiento al que se refiere muy brevemente la condesa de Villalonso en la misiva.

Support un bifolio de papel doblado en folio, escrito por todas las caras.
Archival Institution Archivo Histórico Nacional
Repository Consejos
Collection Escribanías de Cámara
Archival Reference Legajo 36391, Expediente 5
Folios 124r-125v
Socio-Historical Keywords EGP
Transcription Elisa García Prieto
Main Revision Gael Vaamonde
Contextualization Elisa García Prieto
Standardization Gael Vaamonde
Transcription date2014

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A bartolome de cartaje que dios guarde etta vicente frontero de la del coreo de porte un Real sevilla 34 mrs

gde dyos a vm myl años q tanta mrd me a echo con sus dos cartas q es la q yo syenpre fy de la q vm me a echo y creeme de beras como lo bera q muy presto le tengo de pagar los cuatro myl ducados con el fabor de dyos dygame vm sy tomara en po de mendosa los seys myl a mes y medyo bysta la letra porq sy no es menester q vm enbye aquy poder pa q los puedan rrezyvyr y chanseremos la escrytura y yo me oblyge y my mayordomo de mys lugares de pagar los sentesyentos ducados cada año con mucha puntuarydad y buelbo a dezyr a vm q syn duda le pagare mucho antes y q esta mrd a sydo muy conforme a las rrezyvydas oy a sydo dya de manera q no se le a podydo dar la carta al conde porq a casado el marques de pos a su hyja y a grande fyesta yo tengo escryto un papel al conde muy conforme al q vm me escryve q muy byen lo e ntendydo y la carta le enbyo an sydo en gran sastyfaçyon d el por la rrespuesta bera vm cuan byen l e entendydo y como e asertado a servyrle la rrespuesta d el y de su carta de vm enbyare syn falta el martes q byene y escryvyre largo a vm q oy no me an dejado besytas y de todo escryvyre a vm lo q uvyere dyos ayude a esos señores y a sydo tantos anq gde como se lo deseo y a su hrno cuyas ms beso y estos nyños las de vm gaspar a ndado malysymo de rromadyso y le e tenydo en la cama todo es trabajo y por rremytyrme al ordynaryo q byene no mas de que dyos gde a vm como deseo de balladolyd a syete de enero

la condessa de byllalonso

Legenda:

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