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Maarten Janssen, 2014-

PSCR7254

[1602]. Carta de doña Teresa de Saavedra y Zúñiga, condesa de Villalonso, para don Luis de Castilla.

SummaryLa Condesa de Villalonso pide a don Luis de Castilla su intercesión en relación a la deuda que tenía con Bartolomé de Cartagena. Le asegura que, siendo una cantidad fiada de su palabra, su intención es satisfacerla antes que otras deudas pendientes.
Author(s) Teresa de Saavedra y Zúñiga
Addressee(s) Luis de Castilla            
From España, Valladolid
To S.l.
Context

En 1623 don Juan de Cartagena, hijo de Bartolomé de Cartagena, apeló al Consejo de Castilla en contra de doña Teresa de Saavedra y Zúñiga, condesa de Villalonso, por el impago de un censo de 7000 ducados con sus correspondientes corridos. El mencionado censo, destinado a acrecentar la dote de doña Francisca de Ulloa, hija de los condes, fue acordado por el entonces conde, don Juan de Ulloa, y la condesa doña Teresa en 1599. En 1603, doña Teresa de Saavedra renegoció las condiciones del censo para aplazar los pagos que se adeudaban del mismo. Sin embargo, la obligación financiera contraída por Villalonso no fue nunca satisfecha en su totalidad, por lo que don Juan de Cartagena, como heredero de Bartolomé de Cartagena, recurrió a los tribunales para tratar de recuperar la cantidad prestada. La defensa de doña Teresa se basó en dos cuestiones básicas: su condición femenina, que la hacía inválida para manejar asuntos económicos; y, por otro lado, la sujeción que como mujer había tenido a su marido. Así, alegaba que ella había contraído la obligación económica persuadida por su marido y que no había tenido posibilidad de negarse. Ante los intentos de doña Teresa y sus acreedores de deslegitimizar los argumentos de Cartagena, éste hizo presentación ante el Consejo de ciertos documentos que venían a demostrar la activa participación de doña Teresa en la concertación del préstamo con Bartolomé de Cartagena. Se presentaron en un primer momento varias cartas escritas por Cartagena, doña Teresa y don Luis de Castilla que demostraban fehacientemente la concordancia de la aristócrata con el acuerdo suscrito entre ella, su marido y el padre del demandante. Pese a esto y a la presencia de documentación notarial que certificaba el conocimiento de doña Teresa de las obligaciones financieras de la familia, don Juan de Cartagena siguió presentando más testimonios epistolares. Se anexó al proceso un corpus de casi un centenar de misivas intercambiadas entre la condesa de Villalonso y Bartolomé de Cartagena durante dos décadas. En ellas se desgranaban asuntos de tipo económico y financiero, junto a noticias familiares y nuevas sobre las cortes de Felipe II y Felipe III. El proceso está incompleto, por lo que apenas tenemos información sobre su transcurso y sentencia; no obstante, sí que quedó constancia de la identificación de las misivas por parte de doña Teresa.

En el sobrescrito de la carta aquí transcrita aparece una anotación que nos da noticia del receptor de la misiva y su contenido: "A 8 de agosto para don Luis de Castila. Habla del convido que quiere hacer y cómo desea pagar con grandes encarecimientos".

Support dos bifolios de papel doblados en folio, escritos por todas las caras, y un folio de papel escrito por el verso.
Archival Institution Archivo Histórico Nacional
Repository Consejos
Collection Escribanías de Cámara
Archival Reference Legajo 36391, Expediente 5
Folios 116r-[119a]v
Socio-Historical Keywords Elisa García Prieto
Transcription Elisa García Prieto
Main Revision Gael Vaamonde
Contextualization Elisa García Prieto
Standardization Gael Vaamonde
Transcription date2014

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despues q escryvy a vm e tenydo syenpre cuydado de saber de la salud de vm la sa doña jua dyos la consuele en sus trabajos le tyene de consolarme en los myos despues q fue servydo de darmele tan gde como myl mys pecados lo merezen no a sydo syno unos y otros y a gaspar tengo todabya muy malo q a tenydo tres rrecaydas por su gran mysyrycordya q se duela de my y q no castyge del todo conforme a lo q meresco por el suplyco a vm se syrva de acordarse de my y de my desbentura en las orasyones q con ellas espero de su mag me a de dar pasençya q prometo a vm q es byen menester su ayuda y fabor syn el de vm no puedo yo hazertar en nada byen sabe vm como testygo de bysta q el bueno de nro amygo bartholome de cartajena nos socorryo co y hyzo md con syete myl ducados de por byda y q los fyo solo de my palabra y consençya y ansy cuanta oblygaçyon tendre por ella y por la buena obra q me hyzo a sastyfaserle como crystyana y como quyen tanto quyso y amo por quyen lo haze yo desde el prymer dya q fue my desdycha le escryvy luego q se sosegase y no le dyese cuydado su deuda q anq me qdavan syento y treyn myl ducados d ellas avya de poner los onbros en pagarlas todas y q la suya avya de ser preferyda y pagada prymero y mejor q todas y ansy se sosego y despues le bolby a escryvyr en rrespuesta de otra suya q le suplycava q no perdyendo un tan solo rreal q myrase por q tyenpo me podrya esperar dandole luego un buen pedaso d ello q ny de corrydos ny de prynsypal avya de perder nada y a esto bolbyome a escryvyr espantandose q yo le pudyese dezyr q avya de esperar e scryto al sor don dyego q como de suyo le dyga q pues tyene la sastyfaçyon q es rrazon de vm q ponga este nego en sus manos q yo hare lo mysmo y por esto e dado este trabajo a vm y darle cuenta d ello porq sy escryvyre a vm este abertydo de la manera q es my yntençyon señor a my me qdan de todo my dote xx y seys myl ducados estoy oblygada a nobenta y estas oblygaçyones el consejo me da por lybres por la facultad q tengo y ansy me es puesto a my dote y espero sentençya mas my yntento no es syno pagar anq me benda en tyerra de moros y benda a mys hyjos solo pydo un poco de comodydad pa poderlo hazer q de otra manera es ynpusyble y la q quyero de bartolome de cartajena no es como la de los otros q todos pyerden por lo menos la tersera parte pa cuando erede este nyño y esto sea pa vm solo q d esta suerte me boy conponyendo y no lo quyero acavar de hazer asta q el consejo me de por lybre de q no me puede oblygar q d esta manera se consertaran mejor conmygo byendo q no tyenen de donde cobrar ny yo estar oblygada la deuda de bartolome de cartajena es la q e de pagar puntualmente porq por myl rrazones se lo devo y ansy estan en el abra pa cunplyr con el yo pues no quyero q un marabedyr pyerda y le quyero dar un buen pedaso como dygo en dynero y no es pusyble poder luego juntar dyes myl ducados juntos q se le deven con los corrydos no es mucho q me haga m qdando todo como a qdado por mis pedados de esperarme por lo q le qdare devyendo no le dyga vm nada d esto asta q el escryva syno preguntele como se conpone conmygo y en tantas puede vm dezyrlo como yo le e scryto con las grandes ansyas q estoy de pagarle y q ansy esta oblygado pa q yo lo pueda hazer hazer algo de su parte no perdyendo nada de su hazyenda porq pa vm es ynpusyble poder yo darle myl ducados de rrenta cada un año y qdarse la deuda prynsypal en pye y ansy quyero esforsarme anq lo quyte de todos y de my sustento darle el mas dynero q pudyere luego y lo demas cada un año tanto de suerte q sea en el menos tyenpo q pudyere acavarle de pagar los dyes myl ducados syn q d ellos pyerda como e dycho un rreal y sy vm byese de la manera q esta pobre muger qda berya las fynezas q haze y de la manera q se qda pa sustentarme por pagar y como estoy con este anymo de quyen soy y de lo q quyse a mi marido deseo q todos me ayuden y faborezan pa cunplyr con lo q este corazon desea q es dar contento a todos los q me hyzyeron amystad no e tenydo ayuda de nynguna parte y ansy sy no es lo q truje no vy un rreal asta aora de otra parte sy su mag me hyzyese alguna m q espero me la an de hazer podrya mas a pryesa pagar a cartajena q nynguna deuda me da pena como esta por quererla tan de beras pagar y tan presto q con las demas yo me boy entendyendo vm me haga los bunos ofyçyos q espero con el q vm le hara grandysyma m en quytarle q se desasosyge y benga para aca no avyendo pa q syno q en su casa le pagare y por byda de mys hyjos q sy pudyra de una bes a la ora darle los dyes myl ducados q como pa my salvaçyon se los dyera mas prometo a vm de darle mucho mas de lo q pudyere luego como dygo porq no syenta tanto el esperarme por lo demas yo me pareze q me pongo en todo lo q es rrazon no tenyendo mas paño vm me abyse lo q le pareze de todo dyos me ayude y gdeme a vm tantos años y con tantos acresentamyentos como esta gran servydora de vm desea de balladolyd ocho de agosto

la csa de byllalonso

a la sa doña ma dyje dyjese a vm lo q el alzosbyspo de toledo me escryvyo y por eso no lo dygo aquy rronpa vm esta


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