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Maarten Janssen, 2014-

PSCR7010

1593. Carta no autógrafa de Teresa de Saavedra y Zúñiga, condesa de Villalonso, para Bartolomé de Cartagena.

SummaryLa autora presenta sus disculpas a Bartolomé de Cartagena por no haber cumplido con su obligación en tiempo, pero alega las dificultades en la cobranza de unas rentas de la familia; no obstante, anuncia el reintegro próximo de ciertas cantidades adeudadas.
Author(s) Teresa de Saavedra y Zúñiga
Addressee(s) Bartolomé de Cartagena            
From España, Zamora, Toro, San Miguel
To España, Sevilla
Context

En 1623 don Juan de Cartagena, hijo de Bartolomé de Cartagena, apeló al Consejo de Castilla en contra de doña Teresa de Saavedra y Zúñiga, condesa de Villalonso, por el impago de un censo de 7000 ducados con sus correspondientes corridos. El mencionado censo, destinado a acrecentar la dote de doña Francisca de Ulloa, hija de los condes, fue acordado por el entonces conde, don Juan de Ulloa, y la condesa doña Teresa en 1599. En 1603, doña Teresa de Saavedra renegoció las condiciones del censo para aplazar los pagos que se adeudaban del mismo. Sin embargo, la obligación financiera contraída por Villalonso no fue nunca satisfecha en su totalidad, por lo que don Juan de Cartagena, como heredero de Bartolomé de Cartagena, recurrió a los tribunales para tratar de recuperar la cantidad prestada. La defensa de doña Teresa se basó en dos cuestiones básicas: su condición femenina, que la hacía inválida para manejar asuntos económicos; y, por otro lado, la sujeción que como mujer había tenido a su marido. Así, alegaba que ella había contraído la obligación económica persuadida por su marido y que no había tenido posibilidad de negarse. Ante los intentos de doña Teresa y sus acreedores de deslegitimizar los argumentos de Cartagena, éste hizo presentación ante el Consejo de ciertos documentos que venían a demostrar la activa participación de doña Teresa en la concertación del préstamo con Bartolomé de Cartagena. Se presentaron en un primer momento varias cartas escritas por Cartagena, doña Teresa y don Luis de Castilla que demostraban fehacientemente la concordancia de la aristócrata con el acuerdo suscrito entre ella, su marido y el padre del demandante. Pese a esto y a la presencia de documentación notarial que certificaba el conocimiento de doña Teresa de las obligaciones financieras de la familia, don Juan de Cartagena siguió presentando más testimonios epistolares. Se anexó al proceso un corpus de casi un centenar de misivas intercambiadas entre la condesa de Villalonso y Bartolomé de Cartagena durante dos décadas. En ellas se desgranaban asuntos de tipo económico y financiero, junto a noticias familiares y nuevas sobre las cortes de Felipe II y Felipe III. El proceso está incompleto, por lo que apenas tenemos información sobre su transcurso y sentencia; no obstante, sí que quedó constancia de la identificación de las misivas por parte de doña Teresa.

Support un bifolio de papel doblado en folio, escrito por recto y verso del primer folio y por el verso del segundo folio.
Archival Institution Archivo Histórico Nacional
Repository Consejos
Collection Escribanías de Cámara
Archival Reference Legajo 36391, Expediente 5
Folios Pieza 2, 175r-[175a]v
Socio-Historical Keywords EGP
Transcription Elisa García Prieto
Main Revision Gael Vaamonde
Contextualization Elisa García Prieto
Standardization Gael Vaamonde
Transcription date2014

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A bartolome de cartajena quien dios gu arde muchos Años Sebilla

El dia que allego el correo con su carta de Vmd fue dios serbido de alunbrarme de una yja y ansi a sido muy bien Reçibido En esta casa y tendra vmd otra serbidora en ella que le sirba como lo abemos de açer sus padres y d esta berdad este vmd muy çierto y ansi lo estoy de que si vmd pudiera acernos md en lo que le suplicaba nos la yçiera y ansi don Juan por qunplir su palabra despacha A vmd las ochoçientas y çinquenta mill marabedis que debe A vmd d esta Escritura postrera los mill ducados que debemos A vmd de la primera yo proqurare con grandes beras qunplir con Vmd con mucha brebedad que la causa de no abello hecho A sido por abersele muerto a mi tio El mayordomo de araçena y aber corrido los años tan trabajosos que no an podido pagalle y por esto E caydo yo En esta falta con Vmd de no aber sido tan buena soliçitadora como prometi a Vmd de serlo de que se pagarian A Vmd Estos mill ducados Con mas brebedad de lo que se an pagado y esto suplico A Vmd lo perdone y el deçille los medios que me parecian para la Espera d estos dineros que se lleban agora que si esta açienda fuera de Vmd no los diera mas por ser de sus yjos me pareçio que no era Raçon quien les abia de serbir y acreçentarsela fuese causa de que esto no fuese y esto la fue de escribir a Vmd la que le deçia En la mia por lo que deçia Vmd me dice en la suya le beso en las manos, y por lo que se que abra sentido todas las cosas que no sean de mucho gusto d esta casa guarde dios a don Juan que con su salud ninguna d estas siento Vmd me abise de la suya que E Estado con pena que Vmd me escribio que no quedaba con ella con este criado me diga Vmd si la tiene y le guarde dios y se la de como deseo A quien mi señora besa las manos y diçe no escribe A Vmd por no quedar buena y yo no lo ando despues que pari y ansi perdonara Vmd la mano ajena que por tener los ojos malos no ba de la mia. A sus yjos de Vmd las beso y mis yjos açen lo mismo las de Vmd, don Juan Escribe desde Madril a vmd y por darme este criado mucha priesa no soy mas larga En esta sino remitirme A la de don Juan

fecha en San Migel A xviiiio de otubre de 1593 Años

doña teresa de saavedra y çuñiga

Legenda:

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