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Maarten Janssen, 2014-

PS6214

1769. Carta de Narcisa Caramany y Fontdevila para su hijo Salvador Caramany y Fontdevila, cadete de infantería española.

ResumenLa autora recuerda a su hijo, Salvador Caramany y Fontdevila, que ella no tiene la obligación de asistirlo en Francia, sino sólo en España.
Autor(es) Narcisa Caramany y Fontdevila
Destinatario(s) Salvador Caramany y Fontdevila            
Desde España, Gerona
Para España, Gerona, Figueras
Contexto

Este expediente está formado por varias partes separadas de un pleito que se inició en 1765 entre Narcisa Caramany y Fontdevila, viuda de Antonio Ros y Caramany, y su hijo Salvador Caramany y Fontdevila, cadete de infantería española (véase el expediente 13768 del mismo fondo para consultar el pleito original). La causa del pleito original fue la adjudicación de bienes de María Ros y Caramany, abuela paterna de Salvador Caramany y Fontdevila, una vez fallecido el padre de éste. Salvador Caramany y Fontdevila reclamó a su madre que, en virtud del fideicomiso dispuesto por María Ros y Caramany en su testamento, le fuese adjudicada con plenitud de derechos la herencia y bienes de su abuela. Por tanto, Salvador Caramany y Fontdevila solicitó a su madre que dimitiese a su favor de todo lo que ella poseía como consecuencia de dicha herencia, a saber: el horno y escribanía de la villa de la Bisbal del Ampurdán, la casa de la familia Caramany situada en la calle de la Riera de la misma villa, la Torre Caramany del término de Cruïlles, y en Sant Pere Pescador: el Mas Can Caramany, la heredad llamada 'La Devesa', la heredad llamada 'El Cortal Nou' y una casa con horno de pan, cochera y huerto. Por su parte, Narcisa Caramany y Fontdevila solicitó continuar en tenuta privilegiada de todos los bienes que dejó su marido, Antonio Ros y Caramany, hasta quedar enteramente satisfecha e integrada en su dote. La causa se alargó hasta 1781.

El presente expediente, que es el que incluye cartas, consta de las piezas siguientes: a) Pieza de alimentos (1770): Causa de María Narcisa Caramany y Fontdevila y Josep Francisco Caramany y Fontdevila contra su hermano Salvador Caramany y Fontdevila, el heredero, sobre la disconformidad de aquéllos de la cantidad asignada de 400 libras anuales por alimentos. En esta pieza se incluyen las cartas PS6213 y PS6214; b) Pieza de congrua dotación (1771): Causa de María Narcisa Caramany y Fontdevila contra su hermano Salvador Caramany y Fontdevila, sobre la disconformidad de la cantidad asignada como su dote en 4000 libras. En esta pieza se incluyen las cartas PS6215 a PS6217; c) Pieza separada de la queja de Pablo Borés y Llorell, causídico (1771): Causa de Pablo Borés y Llorell, defensor de Narcisa Caramany y Fontdevila en la causa principal, contra Salvador Caramany y Fontdevila, sobre la petición de Pablo Borés y Llorell a Salvador Caramany y Fontdevila de que en sus escritos privados o públicos observe moderación en sus palabras, pues Salvador Caramany y Fontdevila ha escrito contra Pablo Borés y Llorell calificaciones irritantes, llamándolo de calumniosa conducta e insolente. En esta pieza se incluyen las cartas PS6218 a PS6225.

Soporte un folio de papel doblado en cuarto, escrito por el recto del primer cuarto y por el verso del segundo cuarto.
Archivo Archivo Histórico de la Corona de Aragón
Repository Real Audiencia
Fondo Pleitos Civiles
Referencia archivística Expediente 18124, Proceso 1
Folios 93r-v
Transcripción Gael Vaamonde
Contextualización Gael Vaamonde
Normalización Gael Vaamonde
Anotación POS Gael Vaamonde
Fecha de transcipción2014

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A Dn Salvador de cara- many y Fontdevila gde Deu ms as com desitio en figueras

querido Hijo: es conocido error averiguar las pretenciones de casa caramany en Tolosa, ni en perpiñan siendome cierto el estado, y lugar en q los dexó tu Padre; como essos passos q ideas son inutiles, recuerdome q la concordia solo me obliga a asistirte en españa, y q me falta valor para cansar al sujeto q en otra ocasion me favorecio, viendole desabrido del desaire con q le sonrogaste; por lo q con dolor de no poderte complacer en francia sera preciso haga deposito de las mensuales cantidades, si ya no es q las tomes en figueras porque te bas-tara ser este mi dictamen para hazer tu lo contrario

Deseo q Dios te illumine y gde ms as como le suplico Gerona y julio 11 de 1769

Tu madre q de cora-zon te quiere de caramany y fontdevila querido Hijo

Leyenda:

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