PT | EN | ES

Main Menu


Powered by <TEI:TOK>
Maarten Janssen, 2014-

PSCR7040

[1586]. Carta de María de Torres para Gaspar Suárez de la Puente, jurado.

SummaryLa autora reprocha a Gaspar Suárez de la Puente ser el responsable de todos sus males, aunque después le reafirma su amor.
Author(s) María de Torres
Addressee(s) Gaspar Suárez de la Puente            
From España, Sevilla
To S.l.
Context

El 11 de abril de 1586 Gaspar Suárez de la Puente, jurado de la ciudad de Sevilla, y María de Torres firmaron conjuntamente un documento en que declaraban su promesa de contraer matrimonio. Para asegurase el cumplimiento de la palabra matrimonial, Gaspar sacó a María de la casa paterna y la llevó al emparedamiento de Santa Catalina, donde pudo, con ayuda de su parentela, seguir con las persuasiones hacia la muchacha. El padre de María, el mercader Francisco de Torres, acudió a la justicia eclesiástica para recuperar a su hija, quien fue ingresada en el monasterio de San Leandro, donde habitó en la celda de doña Valentina Pinelo. El objetivo de este enclaustramiento respondía al deseo de la justicia por librar a doña María de las persuasiones de Gaspar y de sus padres. El primero demandó a María por el incumplimiento de su palabra matrimonial, toda vez que acusaba a los padres de la muchacha de ejercer una presión inusitada -a pesar de las prevenciones judiciales- para que ésta contrajese matrimonio con Luis de Miranda. Iniciadas estas diligencias judiciales, apareció un tercer pretendiente en discordia, Diego de Cuéllar, quien aseguró que hacía ya unos años se había establecido un entendimiento entre él y doña María y que se habían otorgado palabra mutua de matrimonio. Aportó diversas pruebas que demostraban su relación amorosa y relató al tribunal cómo se solían citar durante las ausencias paternas, el envío de billetes amorosos escritos con tinta invisible, o la fidelidad mutua que se habían demostrado. Tanto Diego de Cuéllar como Gaspar Suárez de la Puente coincidieron en señalar la violencia psicológica y física que los padres de doña María ejercían sobre la muchacha para acomodarla a sus propios planes matrimoniales. Aunque ambos pretendientes ofrecieron prueba documental de las respectivas relaciones amorosas -especialmente los billetes y cartas de amor de doña María de Torres insertos en el proceso-, se consideró que ni uno ni otro habían probado suficientemente sus peticiones. En concreto, aunque Gaspar Suárez aportó una importante cantidad de billetes amorosos, muchos de ellos no se tuvieron en cuenta por errores de forma en la presentación. La sentencia final absolvió a doña María, que quedó libre para matrimoniar con un hombre de su elección. Se levantó asimismo su encierro conventual en San Leandro y se le dio permiso para volver a la casa paterna.

Support un bifolio de papel doblado en folio, escrito por todas las caras.
Archival Institution Archivo General del Arzobispado de Sevilla
Repository Justicia
Collection Matrimonial
Archival Reference Legajo 13882, Expediente 2
Folios [160]r-[161]v
Transcription Elisa García Prieto
Main Revision Gael Vaamonde
Contextualization Elisa García Prieto
Standardization Carmen Serrano Sánchez
Transcription date2014

Javascript seems to be turned off, or there was a communication error. Turn on Javascript for more display options.

es para el cenor gaspar suarez de la puente es mi ce ñor jurado abra sin romper la lima por q van letras ceñor mio

un papel de vm resibi y con el contento q las demas me dan anq fue corto y mas corta mi bentura pues no tubo ni a tenido buen fin mi deseo porq bos lo abeys qrido y tenido la qulpa pues me sacastes de mi casa y me consentystes llebar con unos dyablos q sus animas estan penando el los ynfyernos pues proquraron trarme a bos q eso ysto mi contento y sin eso un jues de la ylesia para animarme era para atronmentarme despues mi señor qundo acordastys tyenenme lagrimas de mi padre y promesa q me tyene echas q le deje salir agora con su onra y despues por berme casara con qien yo qisiere bien se entyende con qien o q sea monja y lo sere de muy buena gana antes q berme casada y por bida mia q me escribays largo dandome quenta de todo lo q pasa y sabeys a de pasar el tratamiento q en este conbento me asen es mejor q yo meresco las dos ceñoras monjas q me acen merces de darme esos papeles os besan las manos y ce ase mucha orasion por nuestro negosio la merced q decis aseys a mi padre yo os beso las manos y pies por tanta merced el amor q yo tengo a mi padre y a la lastyma q me dan sus lagrimas me a echo cer bariable como mi cenor licessiado marin dyce plega dyos q nunca el me de lo q desea si no me an dycho con lo q bos mi ceñor y mi ceñor licensiado a dycho solo bastava para enterarme y lo q por bos padesido pero bos teneys la qulpa y no dygo mas sino q muchos os guarde como esta buestra lo desea esta carta por bida mia no paresca por bida mia y por el amor q soys cerbido de tenerme y si en esto ay fydelidad yo os prometo de escribiros muy mas largo solo qiero q me deys licensias ya no teneys derecho en la justysia q sea nonja porq luego tomo el abito perdona los polbillos q son de aserino por no aber mas


Legenda:

ExpandedUnclearDeletedAddedSupplied


Download XMLDownload textWordcloudFacsimile viewManuscript line viewPageflow viewSentence view