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Maarten Janssen, 2014-

PSCR5780

1826. Carta de Felipe Mazarrasa y Cobo, abogado en los Reales Consejos y asesor de rentas, para Vicente González Moreno, militar de alto rango.

SummaryEl autor, a partir de una posdata dirigida a su persona, comenta a Vicente González Moreno las enemistades que tiene y las calumnias de que ha sido objeto.
Author(s) Felipe Mazarrasa y Cobo
Addressee(s) Vicente González Moreno            
From España, Cantabria, Santander
To España, Madrid
Context

En 1834 el gobernador político y militar de Santander (Cantabria) abrió causa por infidencia contra Felipe Mazarrasa y Cobo, abogado y asesor de aquel ayuntamiento. Se sospechaba de la deslealtad del acusado hacia la monarquía de Isabel II en el contexto del estallido de la primera guerra carlista (1833-1840). Una vez que se produjo la detención de Felipe Mazarrasa y Cobo, se procedió al registro de su vivienda y se incautaron de una gran cantidad de documentación escrita, así como de armas. La documentación estaba compuesta por un conjunto de 59 cartas particulares dirigidas, en su mayor parte, al detenido, así como borradores de cartas oficiales que había redactado en su condición de asesor de rentas y consultor del tribunal de comercio del ayuntamiento de Santander. Sometido a interrogatorio, se le acusó de infidencia por sus relaciones familiares y de amistad con destacados carlistas, destacando la relación con su hermano José Mazarrasa y Cobo, quien había participado activamente en el levantamiento de Vizcaya y demostrado su parcialidad hacia la causa del infante don Carlos. El acusado fue preguntado no sólo por las cartas intercambiadas entre ambos, sino por los encuentros y el hospedaje que había facilitado a su pariente en los momentos previos al alzamiento. La acusación también señaló la amistad que mantenía con otros destacados carlistas como Pedro Francisco de la Barana, aunque él minimizó tales contactos.

Si bien declaró su fidelidad a la causa isabelina, el acusado no contaba con la aquiescencia de muchos santanderinos y, así, fue calificado como "un hipócrita, fanático absolutista, adicto al partido del señor Infante don Carlos, enemigo de la Reina Nuestra Señora y Gobernadora del Reino, humilde y virtuoso en la apariencia y sanguinario y cruel en la realidad" (folio 19r). Esta dura acusación se sustentaba en la persecución que, durante el reinado de Fernando VII, había llevado a cabo contra los constitucionales y que quedaba reflejada en los numerosos borradores que conservaba en su domicilio y que formaban parte de la documentación incautada. A raíz de ese enconamiento, Felipe Mazarrasa y Cobo -quien había contado con el auxilio de Vicente González Moreno- había ocasionado una descapitalización humana y económica de la ciudad de Santander, ya que muchos de sus vecinos habían tenido que exiliarse.

En su defensa, el acusado alegó que no se le podía imputar crimen alguno en virtud de las pruebas presentadas. Consideró que él no podía ser culpado por su parentesco con José Mazarrasa y Cobo, y menos aún hacerle culpable de los actos y pensamientos de su hermano. Tanto las cartas como la cohabitación que se había producido antes del alzamiento no le hacían ni partícipe ni responsable de la actitud de su hermano. En relación a las misivas, señaló que casi todas versaban "sobre cosas insignificante y familiares" (folio 25v) y no sobre conspiraciones políticas. Asimismo, señaló la variedad de las relaciones y amistades que mantenía, de tal manera que, si bien no negaba el conocimiento de personas que militaban en la causa carlista, también contaba con contactos dentro de las filas isabelinas, entre ellos un hermano capitán en el regimiento de Mallorca. También minimizó la importancia dada a los borradores de cartas oficiales que se habían hallado en su vivienda y señaló lo absurdo de hacerle responsable de hechos pasados que respondían a circunstancias excepcionales.

El proceso fue sobreseído. Se decretó el confinamiento del acusado en la ciudad de La Coruña, desde donde trató de apelar esta decisión. En 1846 se produjo el archivo definitivo de la causa y se liberó a Felipe Mazarrasa y Cobo del confinamiento en la ciudad gallega.

Support un folio de papel doblado en cuarto, escrito por todas las caras; y un folio de papel doblado en cuarto, escrito por el recto del primer cuarto.
Archival Institution Archivo de la Real Chancillería de Valladolid
Repository Sala de lo criminal
Collection Pleitos criminales
Archival Reference Caja 950, Expediente 3
Folios 68r-70r
Transcription Gael Vaamonde
Contextualization Elisa García Prieto
Standardization Gael Vaamonde
Transcription date2014

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Santr y Novre de 1826. Sr dn Vicente Gonzalez Moreno.

Muy Sr mio y mi estimado Dueño: Hara cosa de tres dias qe Dn Juan Menendez me dixo haber tenido carta de VS, con una posdata para mi qe no me enseño, pero que me dijo aseguró asegurandome golp estar concebida en los terminos siguientes: "Di-gale U â dn Felipe de Mazarrasa que por "mas que haga no me olvido de êl" Echando como un texto tan laconico dexaba â mi arbitrio hacer los comentarios que quisiese, (por valerme de esta expresion de Gil Blas de Santillana) empeze â cavilar sobre qual podria ser el su verdadero sentido. de la frase Por una parte parece qe supone haber hecho yo cosas por las quales debiera de olvidarse de mi un amigo mio, pero que la fineza de su amistad no le permite sin embargo hacerlo. Per Por si era este el concepto examine metime â examinar mis acciones preteritas y presentes y no recordaba recuerdo haber hecho alguna, de la qual no pueda dar razon satisfactoria â todos y cada uno de mis Amigos, y aun â mis enemigos. Siempre que fuesen hombres de razon contemplabame capaz de desafiarlos â todos en esta parte, y aun de presentarme, si fuese necesario, en el integerrimo Tribunal del mismo Minos y Radamanto con la seguridad de que no habian de condenarme si mis hechos si los examinaban imparcialmente. mis hechos ¿Que significara, pues, el texto? Estoy por creer me decia yo â mi mismo algunos momentos despues, lo qe significa todo lo contrario: y esto sin duda es que â Dn Juan ó al Sr Gobernador se les ha olvidado una n, de modo que donde dice por mas que haga, debe decir por mas que hagan; lo qual sin duda debe de aludir es forzoso qe aluda â las continuas perse-cuciones que sufro de la canalla, y vale tanto como decir, por mas que hagan por desacreditarle, por calumniarle, por sepultarle si pudieran por privarle, si pudieran, de la amistad y del trato humano, no lo lograran, antes por el contrario le tengo de protexer quanto pueda. y En este sentido si que tengo por mas acertada la interpretacion, ó por mas arreglada â lo menos â la verdad de los hechos. Digamos algo de estos.

Por la falta de un corregidor como VS en esta ciudad han empezado â experimentarse en ella cosas que nadie creyera â la verdad si no las hubiese visto, y seguiran tocandose otras cada vez mas extrañas. espusose, por exemplo, el Ayuntamto â las miras sordidamente interesadas del Sr de su Procurador Gral protexido de su Alcalde Mayor, y este ha sido motivo bastante pa que por efecto de una baxa venganza se hayan hecho salir del Ayuntamto â Dn hernando helin, y ultimamte â dn Antonio de la cuesta, por haber sido quiza los que con mas entereza se opusieron: se me ha amenazado â mi con igual despojo; y se han puesto en practica y continuan todos los ard ardides rateros mas rateros para incomodarme (uno se de ellos qe ha sido la calumnia). contemporaneamente â estos sucesos, creyendo que tambien se me podria desposeher del empleo de Asesor de Rentas, por ignorar acaso qe lo obtengo en propiedad, se hizo qe el famoso Quintana qe lo fue el año de 1820, instase sobre su purificacion, y el Sr Alcalde Mayor, el Sr Procurador General, y el Sr contador Sanchez Enrriquez te le purificaron muy de buena de bonisima voluntad no obstante de hallarse procesado criminalmte con los demas de la comparsa po del veinteycinco de Agosto de 1822; y por debaxo de cuerda â la qe debo de presumir, le animaron â que pudiese solicitase ser reintegrado repuesto presentando un libelo infamatorio contra mi y aun contra mi hermano el Brigadier; pues no merece otro nombre el memorial que ha dirigido dirigio â S M con este fin, cuya resolucion pende (Me consta que un tal Dn Marcelino de la tor Torre ha servido de agente de la comppañia quintana y crespo qavilla esa corte, se ha presentado al Ministro de Hacienda, con quien parece que tiene alguna introduccion, y me ha infamado completamente) de modo que me estoy temiendo qualquiera cosa: ¿Que extraño, pues, sera que esta misma compañiarsa fecunda en artificios iniquos haya inventado alguno de esta clase, se haya valido tambien de alguna por ver si chismoteando me malquistaba tambien con VS, persuadido acaso â que seria uno de mis protectores en esa? Esto nada tendria de irregular. Lo que yo ruego â VS es que siempre que le escriban ó digan alguna cosa de mi, suspenda a lo al menos el juicio, y me escriba francamente lo que sea. Dixe que nada tendria de extraño, y ahora añado qe es muy verosimil: tanto mas quanto observo que el Sr Alcalde Mayor ha estrechado sus relaciones y amistad con la policia, cultiva la del Sr consul Frances, y ha procurado la del Sr Gobernador interino haciendose tertuliano suyo, y bebiendole los sesos de tal modo que no ha dudado decir qe es un sabio el tal Alcalde puesto que logra quanto intenta. No se ha olvidado tampoco de hacer un poco mas avivar su corres-pondencia animado su trato con el Yllmo Sr obispo, si bien este le tiene conserva conmigo, y le conserva con t tiene con todos Unicamente sin distinccion cCon quien unicamte no se muerde bien es con el Sr Yntendente de Rentas.

Y que diremos de elecciones futuras para oficios de Republica, cuyo negociado ha corrido â su cargo? Oh Dios pero mas vale correr un vela sobre todo esto, y entregarnos en manos de la Prov providencia una vez qe nada podemos remediar Conque si VS no se ha olvidado enteramte de esta Provincia, y de sus Amigos, es preciso que haga todo lo posible por acelerar su retorno. Es quanto le puede decir el qe sinceramte se profesa suyo, y b y B S M y deseando servirle B S M


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